BAJOLAMIRADELALUPA
Se produjo un revés judicial para los integrantes de la Fuerza del Pueblo, pues el Tribunal Superior Electoral desestimó las medidas cautelares al no existir un daño inminente.
El juzgador determinó que la demanda contenía pretensiones de carácter inconstitucional.
El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró improcedente el recurso de amparo interpuesto contra el presidente Luis Rodolfo Abinader Corona, al considerar que el mismo persigue fines propios de una acción directa de inconstitucionalidad, distinta al mecanismo de amparo constitucional.
La resolución fue adoptada por unanimidad por el pleno del TSE, integrado por su presidente Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo y los magistrados titulares Pedro Pablo Yermenos Forastieri y Lenis Rosángela García Guzmán, quienes aceptaron la solicitud de inadmisión presentada por la parte demandada.
Según explicó la alta corte, la inadmisibilidad se sustenta en el artículo 70, numeral 3, de la Ley de Procedimientos Constitucionales y en el artículo 132, numeral 3, del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.
En la sentencia se señala que los pedidos de los solicitantes tenían un carácter abstracto, propio de una acción directa de inconstitucionalidad, por lo que no pueden ser tramitados a través de un proceso de amparo.
La demanda había sido interpuesta por los ciudadanos José Antonio Cabral Salcedo y Luis Rodolfo Abinader Corona, actuando este último en calidad de presidente del Tribunal Superior Electoral, después de que la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional la rechazara mediante la Sentencia Civil número , emitida el 2 de junio de 2026.
En la misma sesión, el TSE aceptó una petición de prórroga de la parte demandada y pospuso la audiencia de los expedientes fusionados para el jueves 23 del presente mes.
Los expedientes en cuestión engloban una demanda de nulidad y una solicitud de medida cautelar contra una resolución del Comité Central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
Los litigantes que promueven la acción son Manfred Alberto Mata Echt y Dayamo Victoriano Ramírez, mientras que el demandado es el Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
El TSE explicó que el aplazamiento busca facilitar el intercambio de documentos entre las partes, asegurando que el proceso avance conforme al debido procedimiento antes de continuar con el examen de los expedientes.
El texto fue elaborado por un comunicador y mercadólogo que ejerce como editor de desde Nueva York; para contacto: diomedestejada@gmail.com.
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